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El año de revisión será el periodo de doce meses terminados inmediatamente antes de acogerse al Programa. Por ejemplo, si el participante entra al Programa durante el mes de agosto de 2013, su año de revisión será desde el 1 de agosto de 2012 hasta el 31 de julio de 2013. Revisiones posteriores se efectuarán cada tres años, a menos que el Cuerpo Regulador determine alguna acción correctiva para realizar una revisión acelerada extraordinaria o que el propio participante así lo decida, en este caso, principalmente para mejorar el resultado de la revisión (la revisión antes de los tres años nunca será antes de los seis meses después de la revisión mas reciente). .