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SOLICITUD PARA: ___

Nombre del Solicitante:   
Nombre de la Firma:   
Correo Electrónico:   
Número de Contacto:   
Número de Fax:   
Dirección:   

Autoriza a ALCAPA a divulgar que usted/su firma es Revisor/Miembro del Programa Control de Calidad:  ____

 

INFORMACIÓN PARA SOLICITUD DE REVISORES

1. Si su firma está relacionada estrechamente con una entidad de no contadores públicos autorizados, favor de proveer el (los) nombre(s) de la(s) misma(s).

Respuesta: ____

2. ¿Está usted practicando la contabilidad pública?:
De ser SÍ, continúe con la pregunta 3; de ser NO, pase a la 8.
 
3. ¿En qué posición la está practicando?:    
4. ¿Actualmente está realizando Auditorías?:  
5. ¿Actualmente está realizando Revisiones?:  
6. ¿Actualmente está realizando Compilaciones?:  
7. ¿Actualmente está realizando Otros Atestiguamientos?:  
. ¿Cuántos años de experiencia tiene usted en la contabilidad pública en funciones de contabilidad y auditoría?:  
9. ¿Posee usted licencia para practicar como Contador Público Autorizado en Panamá?:  
10. ¿Está usted disponible para realizar revisiones de control de calidad?:    
11. ¿Asistió usted a cursos de capacitación de revisión de control de calidad autorizado por ALCAPA?:  
 Nombre de la CapacitaciónFechaLugar
   ____  ____  ____
   ____  ____  ____
   ____  ____  ____
12. ¿Ha sido su capacidad para practicar contabilidad y auditoría, o la de la firma con la que está asociado, limitado o restringida en alguna manera por algún cuerpo regulador?  

En caso afirmativo, explique el cuerpo regulador, la fecha, la razón para dicha determinación y el estatus al día de hoy.
Respuesta: ____

13. ¿Está usted asociado con más de una firma?:  

En caso afirmativo, favor de proveer los nombres de todas las firmas con las que está asocido incluyendo el resultado de las más reciente Revisión de Control de Calidad.
Respuesta: ____

Áreas de Experiencia del Revisor

Los revisores deben tener por lo menos cinco años de experiencia reciente en la práctica de contabilidad pública. Un revisor tiene que ser cauteloso en las industrias de alto riesgo o en aquellas industrias en las cuales ha habido cambios en las Normas. Si usted no ha realizado un trabajo en años recientes en una industria, usted debe considerar cuidadosamente su capacidad para detectar deficiencias en esta industria antes de llegar a un acuerdo para realizar una revisión de control de calidad de una firma con un(os) cliente(s) en esta industria, especialmente si en esa industria ha habido cambios significativos. Favor de indicar a continuación, todas las áreas de la práctica y de las industrias en las que usted posee experiencia de auditoría marcando el encasillado correspondiente bajo cada Código de Experiencia.

Código de Experiencia.

A En el presente supervisando, realizando trabajos; o llevando a cabo todas las funciones de control de calidad sobre esos trabajos.
Recientemente (en algún momento dentro del periodo de los últimos 5 años) supervisando o realizando trabajos. 
Supervisando ciertos elementos (no todos) de las funciones de control de calidad en los trabajos.
N/A  No aplica.
Áreas de Práctica 
Auditorías   
Revisiones   
Compilaciones   
Otros Atestiguamientos    
Industria    
110 Comercio al por mayor o al por menor      230 Banco Mundial   
120 Industria       240 Unión Europea   
130 Servicios Generales      300 Organismo no Gubernamentales   
140 Servicios Financieros (Bancos)1       310 Sin Fines de Lucro   
200 Organismos Financieros Operantes      320 Cooperativas   
210 Agencias Internacionales de Apoyo del Gobierno de EEUU      330 Escuelas Privadas    
220 Banco Interamericano de Desarrollo      340 Universidades   

 

 

INFORMACIÓN PARA SOLICITUD DE FIRMAS

1. Total de personal en la firma:  
2.  Total de Socios en la firma2:  
3.  Total de Gerentes en la firma2:  
4.  Total de Supervisores en la firma2:  
5.  Total de Asistentes en la firma2:  
6.  Fecha en que comenzaron las operaciones2:  
7.  Número de Licencia3:  
8.  Actualmente su firma realiza trabajos de Auditoría:  
9.  Actualmente su firma realiza trabajos de Revisiones:  
10.  Actualmente su firma realiza trabajos de Compilaciones:  
11.  Actualmente su firma realiza otros trabajos de Atestiguamiento:
(Procedimientos Pre.Acordados, Pronósticos Financieros y Proyectos, entre otros).
 
12. Favor de indicar las industrias en las que practica la firma:  
Sector PrivadoSector GobiernoSector Civil
     

Favor indicar información adicional relevante: ___

 

Confirmación del Solicitante

 

Revisores Firmas
 Acuerdo del Revisor
Al ser contratado para realizar una revisión bajo el Programa de Revisión de Control de Calidad de Panamá, me comprometo a realizar dicha revisión de acuerdo con las normas aplicables del Programa y a cooperar con la entidad administradora del Programa, en todos los aspectos relacionados con la revisión. Me comprometo a no comenzar ninguna revisión hasta que los acuerdos para la revisión hayan sido aprobados por la entidad administradora del Programa. También me comprometo a mantener de forma confidencial toda información obtenida al realizar una revisión de control de calidad.

Estoy de Acuerdo:

Firma del Revisor:

Fecha:

Nombre en letra de molde:

 

¿Aprobado por el Comité?
SÍ__  NO__

¿Para líder del Equipo de Revisión de Control de Calidad
SÍ__  NO__

¿Para Miembro del Equipo de Revisión de Control de Calidad?
SÍ__  NO__

 

Firma del CPA4:

Fecha:

Nombre del CPA en letra de molde:

 

_______________

1Sujeto a las regulaciones de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros.
2Solo el personal dedicado a trabajos de auditoría, revisión, compilación y atestiguamiento (todo trabajo en donde se de fe pública).
3De la firma y los socios de la firma o solo del CPA si es practicante individual.
4Firmará el socio representante legal de la firma o el CPA si es un Practicante Individual.

La selección de trabajos se realizará de acuerdo a los siguientes parámetros: El revisor seleccionará su muestra basado en un listado preparado por el participante incluyendo los informes financieros emitidos durante el año de revisión. Se debe seleccionar una muestra representativa de su práctica profesional suficiente para proveer una base razonable para sus conclusiones utilizando las siguientes categorías:

a. Auditoria
b. Revisión
c. Compilación
d. Atestiguamiento
e. Industria especializada (1)
f. Cada socio(1)
g. Cualquier otro tipo de dictamen (informe) emitido(1)

(1) Estos trabajos pueden ser combinados con el escogido de las cuatro primeras categorías.

Además, como parte de la revisión, se abarcarán aquellas áreas administrativas necesarias para verificar el cumplimiento con las normas de control de calidad.

El año de revisión será el periodo de doce meses terminados inmediatamente antes de acogerse al Programa. Por ejemplo, si el participante entra al Programa durante el mes de agosto de 2013, su año de revisión será desde el 1 de agosto de 2012 hasta el 31 de julio de 2013. Revisiones posteriores se efectuarán cada tres años, a menos que el Cuerpo Regulador determine alguna acción correctiva para realizar una revisión acelerada extraordinaria o que el propio participante así lo decida, en este caso, principalmente para mejorar el resultado de la revisión (la revisión antes de los tres años nunca será antes de los seis meses después de la revisión mas reciente). .

El participante tendrá un máximo de seis meses inmediatamente después del año de revisión para completarla. Tomando en consideración el ejemplo en el párrafo anterior, el periodo para efectuar y completar la revisión será seis meses posterior al 31 de julio de 2013, o sea hasta el 31 de enero de 2014.

Información concerniente al participante o sus clientes y el resultado de la revisión es considerada confidencial y no debe ser transmitida a terceros no relacionados a la revisión. El participante tiene la opción de divulgar los resultados de la revisión a terceros, si lo estima conveniente.

El resultado de la revisión será confidencial y estará disponible para el participante, el Administrador, el Cuerpo Regulador, los reguladores en Panamá y cualquier otra persona designada por el Cuerpo Regulador, según aplique. No será transmitida a terceros no autorizados por el participante o el Cuerpo Regulador. El Administrador mantendrá copia de los informes, cartas de comentarios, planes de acción correctiva y cualquier otro documento relevante a la más reciente revisión, en el expediente de la firma participante

Los miembros del Cuerpo Regulador, el Administrador y toda persona relacionada y/o designada a entrar en contacto con la información

Los costos de la revisión serán cubiertos por la firma participante y serán negociados entre el revisor y el Cuerpo Regulador (a base de las particularidades de la firma de cada participante y a lo cotizado por el revisor). El Cuerpo Regulador asignará un costo adicional al participante para cubrir la administración del programa. Tanto el costo de la revisión como el costo administrativo serán depositados por el participante en el Cuerpo Regulador antes de la realización de la revisión. Al final de la revisión, de haber algún cambio en la facturación, se ajustará y cobrará/devolverá al momento. Por otro lado, el Cuerpo Regulador asignará un cargo al revisor para cubrir el costo de la vigilancia o monitoreo del Programa. Tan pronto el revisor complete y entregue al Cuerpo Regulador los documentos de la revisión, y el Cuerpo Regulador apruebe la revisión, este procederá a pagarle al revisor sus honorarios netos del cargo de vigilancia o monitoreo.

Los revisores deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser Contadores Públicos Autorizados a ejercer la profesión en Panamá;
  2. Poseer título universitario de licenciatura en contabilidad;
  3. Ser un socio o director de firma, practicante independiente, o CPA retirado con 10 años de experiencia en el ejercicio profesional.
  4. Ser personas con al menos 5 años de experiencia en contabilidad pública a nivel gerencial alto dentro de los diez años más recientes del ejercicio profesional y que posean conocimiento sobre las industrias especializadas identificadas en su hoja de vida (excepto los CPA Retirados, que deben tener al menos 10 años de experiencia.
  5. De no poseer los años de experiencia, puede participar como parte del equipo de trabajo de revisión, pero no como líder del mismo. (con excepción de los CPA Retirados);
  6. Pertenecer a una de las dos entidades que forman parte de ALCAPA (CCPAP- AMUCOPA);
  7. Haber aprobado el curso de revisor provisto por la entidad administradora;
  8. En caso de pertenecer al Programa, no haber recibido un dictamen (informe) adverso en su más reciente revisión.
  9. Para mantener el estatus de revisor calificado, los revisores deben tomar por lo menos un seminario de capacitación en el área de control de calidad (de mínimo ocho (8) horas) cada dos años. Los instructores “capacitadores” de los revisores deben ser previamente aprobados por el Cuerpo Regulador al igual que los cursos que califican;
  10. Además, los CPA retirados deben haber tomado cuarenta (40) horas crédito de educación continuada (temas de contabilidad y auditoría) al año;
  11. No puede haber revisión recíproca entre la firma revisada y el revisor; ​
  12. Ser independientes en hecho y apariencia con la firma revisada;
  13. Ser personas de prestigio y reputación intachable;
  14. Los revisores serán calificados, seleccionados y aprobados por el Cuerpo Regulador.

¿Quiere registrarse como Revisor?

 

El Cuerpo Regulador será conocido como Comité de Revisión de Calidad (ambos términos serán utilizados indistintamente en los documentos del Programa). El mismo establecerá las Normas de Control de Calidad a seguir junto a los manuales del Programa. Este Cuerpo Regulador velará por mantener la integridad y continuidad del Programa.

El Cuerpo Regulador estará compuesto por nueve (9) Contadores Públicos Autorizados acreditados a ejercer la profesión en Panamá, con al menos cinco (5) años de experiencia en contabilidad pública, que cumplan con los requisitos de revisor y que pertenezcan al programa de revisión de calidad. Estos miembros serán nombrados por un periodo de tres (3) años mínimo el cual podrá extenderse hasta seis (6) años máximo.

Si un miembro del Cuerpo Regulador realizase una revisión, el mismo no podrá estar presente en la reunión donde se discutirá dicha revisión, para mantener la imparcialidad.

De ser necesario, para cada revisión efectuada, se le enviará al revisor una hoja de evaluación con los comentarios del Cuerpo Regulador sobre su trabajo y se le informará sobre la disposición final de su carta de hallazgos y recomendaciones sobre la revisión efectuada.

El Cuerpo Regulador mantendrá un banco de revisores certificados disponibles para cubrir las necesidades del programa. Además, también establecerá un sistema de vigilancia o monitoria de carácter continuo para facilitar la ejecución satisfactoria de los revisores y de la entidad administradora.

Una vez el revisor termine una revisión, el revisor preparará el dictamen y si aplica, una carta que resuma sus hallazgos y recomendaciones. Estos documentos, en conjunto con los papeles de trabajo, y la carta de respuesta del participante, se le entregarán al Cuerpo Regulador para su aprobación. Los dictámenes se clasifican en cuatro categorías:

  1. Sin salvedades
  2. Sin salvedades, con carta de comentarios
  3. Con salvedades, con carta de comentarios
  4. Adversos, con carta de comentarios .

El participante en su carta de respuesta indicará el curso de acción a seguir para corregir las deficiencias encontradas, si alguna. Si el participante no está de acuerdo con la carta de comentarios, podrá recurrir al Cuerpo Regulador para dilucidar las diferencias, y el Cuerpo Regulador tendrá la última palabra sobre las mismas. El Cuerpo Regulador puede consultar con el revisor si tiene dudas sobre los hallazgos o recomendaciones.

Una vez aprobados dicho dictamen y cartas, según aplique, el Cuerpo Regulador se comunicará con el participante informando sobre dicha aprobación.

El participante no deberá hacer público el resultado de la revisión hasta tanto el Cuerpo Regulador apruebe la misma..20 El dictamen podrá ser utilizado por el participante como medio de mercadeo en sus propuestas de servicios profesionales y/o podrá incluirse como información adicional adherida a los informes financieros emitidos por el participante. Esto brindará un valor añadido al participante.

El dictamen podrá ser utilizado por el participante como medio de mercadeo en sus propuestas de servicios profesionales y/o podrá incluirse como información adicional adherida a los informes financieros emitidos por el participante. Esto brindará un valor añadido al participante.

El Cuerpo Regulador creará los procedimientos operacionales y administrativos necesarios para una implantación efectiva del Programa.

Los procedimientos operacionales y administrativos se resumirán en los siguientes documentos:

  • Manual del Programa de Revisión de Control de Calidad de Panamá
  • Manual Administrativo del Programa de Revisión de Control de Calidad de Panamá
  • Manual del Comité de Revisión de Calidad
  • Manual de Vigilancia y Monitoreo del Programa de Revisión de Control de Calidad de Panamá.

El periodo de transición será el tiempo transcurrido entre la adopción del Programa y los primeros dos años. El periodo de transición aplicará para:

  • Acreditación de los revisores. Los revisores se certificarán inicialmente, durante el periodo de transición, sin que se hayan sometido a una Revisión de Calidad de su firma. Una vez transcurra el periodo de gracia, el revisor deberá someterse a su revisión de calidad. (con excepción de los CPA Retirados).

El Programa es uno educativo, preventivo y remediativo. No se impondrán sanciones a los participantes como consecuencia del resultado de las revisiones.


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